Por segunda vez, Tribunal Colegiado ratifica la suspensión temporal del cargo de rector de la UAS a Madueña Molina

 Por segunda vez, Tribunal Colegiado ratifica la suspensión temporal del cargo de rector de la UAS a Madueña Molina
Jesús Madueña Molina, rector de la UAS entrevistado afuera de la Fiscalía

Culiacán, Sin.- Por segunda ocasión, el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito, ratificó la medida cautelar impuesta a Jesús Madueña Molina, de suspensión temporal del cargo de rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, ahora en respuesta al recurso interpuesto por la Fiscalía General del Estado contra la suspensión definitiva que había dictado el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa.

La primera ratificación se notificó el pasado 8 de marzo de 2024 y fue en respuesta a un recurso interpuesto por Madueña Molina, relacionada con una resolución dictada en el juicio de amparo 1333/2023 por el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa.

Esta segunda notificación, es en relación por el recurso interpuesto por la Fiscalía General del Estado contra la suspensión definitiva a la medida cautelar de suspensión temporal del cargo de rector, que se le había otorgado a la parte quejosa.

El tribunal declaró, fundados los argumentos legales expresados por la FGE y resuelve además, que fue ilegal la resolución impugnada debido a que, por regla general, no es posible jurídicamente suspender una medida cautelar dictada por autoridad judicial, pues de concederse, se afectaría disposiciones de orden público y de interés social.

En la notificación del Tribunal a Fiscalía se detalla que: “ …debió realizar un análisis de la suspensión más riguroso, para no permitir la consumación de un acto que pudiera ser lesivo para las víctimas, ofendidos o algún otro interviniente en el proceso penal, lo que, a su vez, podría llevar al fracaso del propio procedimiento”.

Además, qué el Tribunal Colegiado aclaró que la autonomía no significa un régimen de inmunidad, excepcionalidad o privilegio que sustraiga a las universidades autónomas de los principios y normas del sistema jurídico, en específico, de las reglas de la suspensión de los actos reclamados.

Por lo que se reiteró, que la autonomía universitaria no se vulnera ni se violenta, ni en su vertiente de autogobierno, ni de autonormación, al ser impuesta por una autoridad judicial la medida cautelar contra el funcionario universitario, quien fue vinculado a proceso en la causa penal número 1117/2023 por la compra irregular de carnes.

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Con información de LosNoticieristas

Ruben Zatarain

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