Gastos médicos que puedes deducir en tus impuestos 😉  

 Gastos médicos que puedes deducir en tus impuestos 😉  

MAZATLÁN – En los últimos días se ha escuchado mucho el tema de la Declaración Anual de Impuestos, ¿sabías que existen gastos médicos que puedes deducir de tus impuestos?  

El Servicio de Administración Tributaria te enlista los gastos que te ayudarán a que tu carga fiscal sea a tu favor, o por lo menos, que no sea tan pesada.  

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución o como lo dirían en el lenguaje contable “un saldo a favor”.  

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¿Quiénes aplican para deducir impuestos? 

Todas las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.  

Gastos para deducir impuestos 

Los gastos que se pueden deducir impuestos en la Declaración Anual son los siguientes: 

  • Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales 
  • Gastos hospitalarios 
  • Medicinas incluidas en facturas de hospitales 
  • Honorarios a enfermeras 
  • Análisis o estudios clínicos 
  • Prótesis 
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente 
  • Lentes ópticos graduados 
  • Primas por seguro de gastos médicos 

Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos como esposos, concubinos, padres, abuelos, hijos y nietos que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo.

¿Cómo hacer la deducción?  

Todos estos gastos deben respaldarse con facturas emitidas por personas con título profesional y pagarse con cheque nominativo, transferencia o tarjeta de crédito o débito o servicios.  

También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 por ciento de la capacidad normal, siempre y cuando se cuente con el certificado o la constancia que lo acredite por medio de las instituciones del Sistema Nacional de Salud.  

El plazo para presentar la declaración anual de 2023 para personas físicas es del 1 al 30 de abril de 2024. Si no presenta la obligación fiscal en el límite, los contribuyentes se vuelven acreedores a una multa de hasta 34 mil 730 pesos, según el SAT. 

Con información de PuntoMx

Ruben Zatarain

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